Cumplimiento normativo- Compliance
Compliance – Mucho más que un simple programa de prevención de delitos.
Compliance – Mucho más que un simple programa de prevención de delitos.
Las preocupaciones en torno al cumplimiento normativo (Compliance) continúan encabezando la lista de riesgos legales que afrontan las empresas, tal y como refleja el Observatorio Legal de la Empresa en España, elaborado por Deloitte, que ha sido presentado en el Colegio de Abogados de Madrid en el año 2019.
Según los resultados del informe elaborado, los riesgos legales que más preocupan a las empresas españolas son la dificultad de asegurar el cumplimiento normativo (68%), el incumplimiento contractual y la morosidad (33%) y la ciberseguridad (29%).
La figura anglosajona del compliance o cumplimiento normativo para personas jurídicas (empresas) se implementó en España en el año 2010 y fue desarrollada el pasado año 2015 con motivo de la reforma del Código Penal.
Nuestro ordenamiento legal prevé así un régimen de responsabilidad legal de las personas jurídicas (sociedades) revisando si hubo un incumplimiento grave de los deberes de supervisión, vigilancia y control en la prevención de delitos en el seno de la organización.
Esto es, si se comete uno de los delitos previstos para la responsabilidad penal de la persona jurídica y concurren en su comisión los requisitos legales previstos, aun cuando el responsable haya sido una persona concreta y localizada dentro de la organización, la persona jurídica (sociedad) puede ser considerada responsable judicialmente a no ser que acredite que puso todos los medios para obstaculizar ese comportamiento fraudulento por parte de alguno de los miembros de la organización.
Esos medios se traducen en contar, conforme a la terminología UNE 19601, con un Sistema de Gestión de Compliance Penal (SGCP) implantado en la organización que reúna los requisitos de proporcionalidad, idoneidad y eficacia, se encuentre operativo y sea revisado periódicamente.
Cohecho, corrupción entre particulares, delitos contra los recursos naturales y el medioambiente, publicidad engañosa, descubrimiento y revelación de secretos de empresa, facturación fraudulenta, blanqueo de capitales, delitos contra la Hacienda Pública y la Seguridad Social, urbanización, construcción o edificación no autorizables… son todos ellos delitos que pueden suscitarse con mayor frecuencia en la actividad empresarial de empresas que operan en el sector inmobiliario.
Nuestro Despacho es parte integrante de LAWSAFE COMPLIANCE SOLUTIONS SCP, equipo multidisciplinar dedicado al asesoramiento e implementación de Sistemas de Gestión de Compliance Penal (SGCP) en empresas.
Como especialistas en cumplimiento normativo en los primeros pasos procedemos a entender su negocio, a comprobar qué procesos o procedimientos internos existen en cada área de su empresa y a entrevistarnos con diferentes miembros de su organización (órgano de gobierno, alta dirección y empleados).
Con dicha información pasamos a elaborar y a presentar diferentes documentos, personalizados y proporcionales a la actividad y dimensión de su empresa, asesorando a la empresa en la designación de un Órgano de Compliance Penal (OCP) y formando a los miembros de la organización en materia de cumplimiento normativo, actividades que forman parte del Sistema de Gestión de Compliance Penal (SGCP) antes mencionado.
El contenido básico de un Sistema de Gestión de Compliance Penal (SGCP) que LAWSAFE COMPLIANCE SOLUTIONS SCP elabora a sus clientes se compone de los siguientes documentos:
La cuantía destinada a la formación de empleados es objeto de bonificación por la Fundación Estatal para la Formación en el Empleo (FUNDAE) mediante bonificaciones en las cotizaciones a la Seguridad Social.
Con la finalidad de asesorar y ayudar a nuestros clientes a paliar y/o evitar estas situaciones nace LAWSAFE COMPLIANCE SOLUTIONS SLP (www.lawsafe.es), un equipo de profesionales de reconocida andadura y experiencia profesional, independientes, creativos y resolutivos, que ayudarán a su empresa a cumplir con las exigencias normativas de identificación de riesgos en su empresa, establecimiento de protocolos o procedimientos internos, implementación de canales autónomos de denuncia y modelos disciplinarios así como una auditoria y revisión permanente del modelo, colaborando si así se desea en la certificación externa del modelo implementado.